Acuerdo de confidencialidad

Acuerdo de confidencialidad

  1. El objeto de este contrato es proteger la información confidencial transmitida por BREAK SYSTEMS, S.L. con CIF B87646485, y evitar su divulgación, por cualquier medio, a terceras partes.
  2. La información confidencial objeto de este acuerdo se define de forma general como todo tipo de información técnica relativa, principalmente, a los ficheros informáticos que recogen catálogos, manuales de fabricación, diseños, planos y esquemas de perfiles de aluminio, y de los cuales son propiedad exclusiva y absoluta BREAK SYSTEMS, S.L., estando su uso sujeto a las reglas que se indican a continuación.

III. El aceptante del presente acuerdo de confidencialidad, en adelante EL CLIENTE, reconoce expresamente la exclusiva titularidad que la entidad BREAK SYSTEMS, S.L. goza de los modelos objeto de este acuerdo, y estando interesada en que le sea transmitida la información técnica a que se hace referencia en el apartado anterior se compromete a:

  • a) utilizar la tecnología y la información transmitida exclusivamente en relación y para la comercialización de los productos de BREAK SYSTEMS, S.L.
  • b) no modificar, alterar, copiar, publicar o divulgar en todo o en parte la información confidencial transmitida;
  • c) no proceder a la comunicación ni transferencia a terceros, por cualquier medio, de la información técnica que le haya sido transmitida en virtud del presente contrato;
  • d) controlar que sus técnicos-empleados mantienen la presente obligación de secreto, incluso cuando no estuvieran vinculados laboralmente a la empresa;
  • e) mantener la obligación de secreto incluso una vez quede sin efecto, por cualquier causa, el presente contrato;
  • f) impedir cualquier tipo de copia o uso para fines distintos de los que constituyen el objeto del presente contrato, de dicha información a favor de terceros, constituyendo dicha infracción un acto de competencia desleal en virtud de lo dispuesto en Ley 3/1991 de 10 de Enero, sobre Competencia Desleal.

IV.-El presente compromiso de confidencialidad tiene carácter indefinido.

V.- En caso de que el presente contrato quede sin efecto por cualquier causa, El CLIENTE se obliga expresamente en el plazo de CINCO días desde la comunicación en este sentido a la devolución, en su caso, de toda la información transmitida por BREAK SYSTEMS, S.L. en virtud de este contrato y, en caso de que esto no fuera materialmente posible, a su completa destrucción.

  1. En el caso de que alguna de las partes acceda a datos de carácter personal incorporados en los ficheros titularidad de la otra compañía, estos datos deberán ser tratados, única y exclusivamente, de conformidad con el ámbito de autorización expresamente comunicado por la compañía titular de los ficheros.

VII.- Las partes renuncian expresamente a cualquier fuero que les fuera competente y acuerdan someterse a los Juzgados y Tribunales competentes de Madrid, para resolver cuantas dudas o divergencias pudieran surgir entre ellas como consecuencia de la interpretación o cumplimiento de este acuerdo.

BREAK SYSTEMS, S.L.